Los Concejales autorizaron a la Dirección de Inspección General y Tránsito dependiente de la Secretaría de Coordinación de la Municipalidad de Oberá, a la expedición de licencias de conducir para los contribuyentes a cuyo cargo consten multas en el Sistema Nacional de Administración de Infracciones (SINAI) o cualquier otro que se implemente junto con el pago del importe para obtener el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT) provisto por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y no opten por el pago voluntario. Estableciendo que, el pago de las multas por infracción a la Ley Nacional de Tránsito de extraña jurisdicción obrantes en el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT) será voluntario.
En su dictamen los ediles señalaron que la ordenanza tiene por objeto reglamentar, en pleno uso de las facultades autónomas del Municipio, la disposición contenida en el artículo 219 de la Carta Orgánica en lo relacionado a la expedición de licencias de conducir. Dicho artículo prevé la prohibición de impedir el otorgamiento de licencias de conducir so pretexto de existencia de deudas, estableciendo la prohibición de exigir libre deuda o el pago de multas para la realización de trámites administrativos dentro del Municipio.
La ordenanza aprobada está pensada para los casos en los que el contribuyente no puede ejercer su derecho de defensa, cuando la multa proviene de extraña jurisdicción. Las multas que se realicen por infracciones en la ciudad de Oberá continuarán con el procedimiento habitual, considerando que aquí sí tienen la posibilidad de acercarse al Juzgado de Faltas Municipal, para ejercer su derecho de defensa como corresponde, quedando sujeto al procedimiento administrativo.
El Concejal Pablo Hassan señaló, “surgió el problema que en el sistema informático cuando no tenías abonadas las multas que te exigían, no te permitía continuar con los siguientes pasos para obtener la licencia. Este hecho generaba una situación de indefensión al contribuyente que pretendía obtener la licencia o renovarla y que por ahí no tenía los medios para abonar esa multa y con el agravante de que gran parte de ellas, por no decir casi el 90 por ciento, son fotomultas realizadas en otras jurisdicciones y que los contribuyentes se enteraban recién cuando iban a realizar la renovación de su licencia. Sin tener una notificación previa o la posibilidad de ejercer su derecho de defensa”, indicó el edil explicando que esta situación se ha dado a nivel nacional generando jurisprudencia con Jueces que declararon a este procedimiento como inconstitucional.
El dictamen aprobado señala que es facultad exclusiva y excluyente del Municipio, reglar el tránsito en la ciudad de Oberá. No ha sido delegada tal atribución y por lo tanto, la presente ordenanza se dicta en pleno uso de las facultades constitucionales con basamento en la autonomía municipal. Sin perjuicio de que el sistema vigente, surja de convenios con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, es dable destacar que el Municipio cuenta con las facultades necesarias para realizar reservas en cuanto a la implementación efectiva del sistema nacional en la ciudad de Oberá.