En la continuidad de la 31° sesión en la mañana del viernes se aprobó por unanimidad la reglamentación para el funcionamiento de la figura del Defensor del Pueblo.
El vicepresidente del Concejo Deliberante Luis María Vitelli destacó “nosotros a través de la ordenanza reglamentamos solamente dos artículos de la Carta Orgánica porque lo que es Atribuciones y Deberes, Competencia, todo lo que es el régimen de incompatibilidades y sanciones ya está establecida en la Carta Orgánica y que hace remisión a las mismas incompatibilidades que tiene un Concejal. Nosotros nos centramos en la reglamentación de lo que hace al funcionamiento del Defensor del Pueblo y por supuesto, las cuestiones que tienen que ver con el régimen aplicable al personal del Defensor del Pueblo”. Sobre esto Vitelli dijo que no será una súper estructura con mucha gente, “estará compuesto por el Defensor del Pueblo titular y un adjunto que son electos por el pueblo. Además contará con un Secretario General, un asesor legal que ya está establecido por la Carta Orgánica y un personal de ordenanza. Es una estructura de 4 personas que yo creo funcionará de la mejor manera. Por su puesto que si con el tiempo el Defensor del Pueblo considera oportuno incorporar técnicos o personal se tratará en el Concejo Deliberante”.
Vitelli manifestó además que se establecieron dos cláusulas transitorias y explicó que el Defensor del Pueblo no entrará en funciones una vez electo, “hay una cuestión en principio de tipo presupuestaria y segundo edilicia, hay que encontrar un lugar donde deberá trabajar, tenga su oficina, hay que alquilar con lo cual nosotros en consenso con el Ejecutivo estimamos que esa estructura puede estar establecida para abril del año 2018”.
Por su parte el Concejal Héctor Antúnez Proeza aclaró por qué se terminó aprobando el proyecto de reglamentación a tan solo 48 hs de la elección del Ombudsman, “este proyecto lo trabajamos desde antes de las PASO inclusive. Lo aprobamos ahora, en principio por las posibles especulaciones de quien resulte electo pueda pensar que se hace una ordenanza encorsetada y un presupuesto que no le permite trabajar, este presupuesto que se le dio es el posible y estamos con la conciencia tranquila de que quien resulte electo ya sabe las reglas del juego. Hubiese sido mucho más engorroso tener el Defensor electo y después sacar la ordenanza donde puede haber especulaciones de que se lo frene de esa manera”.
Consultado porque no esperaron para consensuar con el Defensor electo cuestiones relacionadas a su funcionamiento, Antúnez Proeza dijo, “los deberes y las funciones están expresadas en la Carta Orgánica, eso lo conocen todos los candidatos y también sus atribuciones. Nosotros trabajamos la parte patrimonial y lo mínimo para su funcionamiento, creo que cuando el Defensor del Pueblo establezca su nuevo presupuesto tendremos la oportunidad de que revea si necesita algunas modificaciones y el incremento que pueda llegar a tener para el próximo período. Nosotros vamos a estar abiertos siempre a lo que nos plantee y lo discutiremos entre todos los concejales”.
Ordenanza aprobada sobre la Reglamentación del Defensor del Pueblo Obereño: Ord 2619- Expte N 141-324-35117 – defensor del pueblo