Con un estricto protocolo de bioseguridad, que fue aprobado primero por la Provincia y en la noche del jueves por Gobierno nacional, las inmobiliarias de Misiones podrán volver a abrir sus puertas después de más de 30 días de cuarentena por el coronavirus. El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero firmó el decreto habilitante y se espera la reglamentación en Misiones.
El protocolo de atención diseñado por el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Misiones, que preside Juan Maidana y que agrupa a 138 profesionales, indica que previamente se deben pactar las transacciones vía telefónica y on-line a los fines de que en el momento de tomar contacto, el trámite sea de mínima duración.
Asimismo, la transacción deberá realizarse manteniendo la distancia social recomendada, con no más de dos personas juntas. Los profesionales y personal inmobiliario deberán llevar entre sus pertenencias: barbijo, guantes y alcohol.
Se deberá desinfectar los elementos de trabajo, celulares, computadoras, llaves, entre otros y al ingresar a las oficinas se lavarán las manos de la forma recomendada, y se aplicará alcohol en gel, con una graduación al 70 por ciento.
Los trabajadores deberán usar guantes y barbijos para la recepción de documentación física, papelería, llaves, legajos y toda la documentación deberá ser desinfectada antes de abrir, lo mismo que el envío de documentación física se hará en sobres y/o bolsas previamente desinfectadas. En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus.
Se evitará compartir elementos de uso personal con los compañeros, colegas y/o clientes, como vasos, mates, artículos de oficina.
Recién después, a medida que el distanciamiento social y obligatorio lo permita, se irán reanudando paulatinamente y bajo estrictos controles todo aquello que comprenda, aglomeraciones o reuniones que supongan contacto entre personas. El decreto habilitante destaca que los desplazamientos de personas deberán limitarse al estricto cumplimientode las actividades profesionales y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
Los y las profesionales alcanzados por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.
Por último, la autorización de circular podrá ser dejada sin efecto por cada Gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19.