• 19/04/2024 06:53

Proyecto de creación de Equipo de Prevención de Usurpaciones

En Misiones es «Política de Estado» la seguridad pública, tanto de las personas como de sus bienes. En la misma medida, la Seguridad Social, atendiendo a cada Misionero. La iniciativa Legislativa del diputado provincial Rafael Pereyra Pigerl, acompañada por el Presidente del Bloque del Frente Renovador Dr. Martin Cesino y otros Diputados más Propone un Proyecto de Ley que pretende la creación de un equipo de Prevención de Usurpacion, se pondrá a Estudio mañana en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Representantes, Presidida por la Diputada Anazul Centeno.
Es necesario atender, prevenir y realizar el debido seguimiento a las Usurpaciones en la Provincia de Misiones, al igual que se está realizando en Tucumán por ley; y otras Provincias como Chaco, Entre Ríos, etc. que están trabajando y avanzando en similares iniciativas.

La pretensión legislativa trata de la creación de un equipo de Prevención de Usurpaciones que estaría integrado por:
•Un (1) representante del Ministerio Público Fiscal;
•Un (1) representante del Ministerio de Gobierno;
•Un (1) representante de la Policía provincial;
•Un (1) Diputado Provincial designado por mayoría de sus miembros.
El Equipo de Prevención de Usurpaciones tendría por objetivo la intervención preventiva y temprana en casos de tentativa o indicios de posibles usurpaciones y permanente en casos de consumarse los delitos de usurpación de la propiedad, para evitar que la usurpación y sus derivaciones se tornen complejas o deriven en situaciones de grave peligro para la vida o la seguridad de las personas.
La coordinación estaría en cabeza del Ministerio de Gobierno en la figura de un funcionario civil con acreditada formación en mediación o resolución alternativa de conflictos. Asimismo, el Equipo de Prevención de Usurpaciones debe contar con mediadores capacitados en resolución de usurpaciones masivas de propiedades públicas o privadas que serán seleccionados conforme lo determine la reglamentación.

También se establece que de acuerdo a las características de los procedimientos que deba intervenir puede pedir la colaboración del Ministerio de Desarrollo Social, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Municipalidades, entidades rurales o de cualquier otro actor necesario para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.

El Equipo de Prevención de Usurpaciones realiza una tarea preventiva y de colaboración con la Justicia y debe: Establecer procedimientos, protocolos y conductas que deben seguirse a fin de garantizar la legalidad, celeridad y eficacia de las intervenciones; garantizar la activación inmediata de los protocolos para prevenir usurpaciones y, en el caso de consumadas, colaborar con la justicia en el desalojo del inmuebles usurpado; coordinar con los organismos competentes la asistencia necesaria considerando la situación de vulnerabilidad de las personas involucradas; contar en los procedimientos con la presencia permanente de personas capacitadas en mediación y resolución alternativa de conflictos; coordinar acciones e intercambiar información con los municipios; asignar las funciones de comunicación, diálogo y mediación en todos los proceso preventivos de desalojo a personal civil o a efectivos policiales especialmente capacitados en mediación y resolución alternativa de conflictos.

También en su último artículo establece que en ningún caso el procedimiento de desahucio o desalojo será realizado durante horarios nocturnos, en condiciones de inclemencia meteorológica o en circunstancias que impliquen riesgo para los intervinientes. Asimismo, se tendrá especial consideración y se dará intervención a los organismos provinciales competentes cuando estén involucrados niños, niñas y adolescentes como mayores adultos.